MINERÍA Edición Semanal 304 | Del 09 al 15 de marzo 2026

18 Edición Semanal De manera excepcional, el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo estableció la prioridad y prorrateo a usuarios industriales, generadoras eléctricas y otros consumidores de gas natural, con el fin que se les pueda suministrar ese combustible para no afectar los bienes y servicios esenciales que requiere el país, ante la rotura del ducto en Camisea. El dispositivo establece que, de acuerdo a la cantidad de gas natural disponible para el mercado interno, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, puede disponer que se priorice la atención a las industrias y a generadoras eléctricas que no están incluidas en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional. Este suministro extraordinario también podría alcanzar a las empresas que abastecen a los centros de salud y/o hospitales que no pueden adquirir combustibles alternativos, a los agentes que realizan producción de combustible, y a servicios esenciales para la seguridad, salud pública e interés nacional. El productor de gas natural efectúa la prorrata teniendo en cuenta los consumos de los siete días calendario anteriores a la fecha del inicio de la emergencia y, en caso de existir excedente de volumen en un nivel de prelación, este se asigna al siguiente nivel inmediato. Gobierno priorizará abastecimiento de gas natural en mercado interno Ante declaratoria de emergencia Medidas frente a la emergencia.

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